El delito por el que la están acusando está previsto en el artículo 400Bis del Código Penal Federal y es clasificado por el Código Federal de Procedimientos Penales como grave (artículo 194 fracción I inciso 33), lo que significa que Gordillo deberá enfrentar su proceso desde la cárcel. Las sanciones previs- tas en el Código Penal Federal por el delito en cuestión son de 5 a 15 años de prisión y de mil a cinco mil días de multa (un día de multa equivale a un día de salario mínimo vigente en el Distrito Federal).
Miguel Carbonell
Se trata de una de las noticias más
impactantes de los últimos meses: la PGR acusa a Elba Esther
Gordillo, dirigente del sindicato más
grande de América Latina, de haber
operado con fondos de procedencia
ilícita.
La investigación comenzó desde diciembre del año pasado, porque fue
detectada una operación “inusual”
por parte de la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, a cargo
de Alberto Bazbaz.
A partir de dicho movimiento la
PGR pudo documentar desvíos de
recursos de dos cuentas del Sindicato de Trabajadores de la Educación
(SNTE) por más de 2,600 millones
de pesos.
La PGR afirma que los retiros fueron
realizados por personas que no tenían facultades para ello y utilizados
en última instancia en gastos personales de la dirigente magisterial.
Cabe señalar que el SNTE tiene 80
cuentas bancarias, pero solamente
se tiene información completa sobre
esas dos. La investigación está abierta respecto a las demás cuentas y habrá que estar atentos a lo que vaya
arrojando el trabajo de la Procuraduría.
Un ejemplo de la forma de gastar
ese dinero: la PGR encontró gastos
en la tienda norteamericana Neiman
Marcus por más de 40 millones de
pesos. De ellos, 27 millones fueron
gastados en el periodo que va de
marzo de 2009 a enero de 2012.
Una parte de los recursos fue depositada en cuentas en Suiza a nombre de una sociedad denominada
Comercializadora TTS de México,
cuyas acciones estaban en un 99% a
nombre de la mamá de Elba Esther
Gordillo, ya fallecida.
Desde Suiza salieron los recursos
para comprar dos casas en Coronado, California, que es el lugar en el
que Elba Esther fue a recuperarse de
una grave dolencia por la que atravesó en los años recientes.
También aparecen gastos de transporte aéreo (aviones particulares, alquiler de hangares, sueldos de pilotos, combustible), cirugías estéticas,
etcétera.
El delito por el que la están acusando está previsto en el artículo 400Bis
del Código Penal Federal y es clasificado por el Código Federal de
Procedimientos Penales como grave
(artículo 194 fracción I inciso 33),
lo que significa que Gordillo deberá
enfrentar su proceso desde la cárcel.
Las sanciones previstas en el Código
Penal Federal por el delito en cuestión son de 5 a 15 años de prisión y
de mil a cinco mil días de multa (un
día de multa equivale a un día de salario mínimo vigente en el Distrito
Federal).
Es importante recordar que la detención se produce con base en un
mandato que expide un juez federal
encargado de conocer de procesos
penales. La PGR le llevó todos los
datos de la averiguación previa el 23
de febrero y al día siguiente el juez
emitió la orden de aprehensión, la
cual fue ejecutada el 26 de febrero
en el aeropuerto de Toluca, cuando
Gordillo regresaba de Estados Unidos.
El dato es relevante porque, a diferencia de otros casos, en este se nota
un trabajo más cuidadoso de la PGR.
Antes de llevar a cabo la detención o
de justificarla recurriendo a la burda
excusa de una “denuncia anónima” o
de la “flagrancia”, la PGR y la SHCP
hicieron un minucioso trabajo para
reunir gran cantidad de información
y con todo eso fueron ante un juez y
pidieron una orden de aprehensión.
Creo que fue un acierto que no hubieran recurrido a la maniobra de
pedir un arraigo para completar las
investigaciones, como hemos visto
en casos muy relevantes del pasado
reciente, los cuales luego no prosperaban cuando ya eran formalmente
consignados ante un juez.
Por lo que tenemos a la vista, parece
que se trata de un trabajo ministerial
bien hecho.
Elba Esther, como es natural, tiene
todos los medios a su disposición
para defenderse. Puede, por ejemplo, promover un amparo para cuestionar las determinaciones que vaya
tomando el juez a lo largo del proceso y que afecten a su libertad.
También puede impugnar el auto de
formal prisión que en su momento le
dicten. Sería incluso muy bueno que
así lo hiciera, para que en su caso un
juez superior pueda ir verificando la
legalidad del proceso y ofreciendo la
mayor certeza posible. Recordemos
que el derecho al debido proceso legal es un derecho que nos protege a
todos, con independencia del tipo
de delitos por los que se acuse a una
persona.
Se trata de un caso tan relevante para
la sociedad mexicana y para el sistema político, que debemos ser muy
cautos en el análisis, pero en el que
las autoridades deben trabajar con la
mayor transparencia, porque de esa
manera se generará confianza.
Lo mejor que puede pasar es que se
aplique la ley, con el resultado final
que proceda conforme a derecho. Si
eso sucede, ganaremos todos.
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